Es uno de los aportes más importantes que realiza el afiliado y que nuestra mutual administra, entendiendo al mismo como un recurso económico muy valioso. Este subsidio, surgió como una necesidad ante un acontecimiento puntual donde el afiliado se encontraba desprotegido en cuanto a tener una cobertura inmediata. Nuestra mutual, con buen tino, sintió la obligación de actuar y generar un aporte solidario entre los afiliados para poder dar respuesta a la demanda, a través de lo que se denominó subsidio solidario, el cual tiene en la actualidad plena vigencia y ha adquirido, como en sus inicios, una solución primaria preponderante. Concordante con los lineamientos que pregona y ejecuta nuestra mutual, existe un reglamento de subsidios en el cual están contempladas todas las situaciones para acceder al mismo.
Con este aporte se establece un fondo que administra la Mutual y que se utiliza en casos de:
- Fallecimiento de titular
- Fallecimiento de carga
- Subsidio por incapacidad del titular únicamente.
- Subsidio por nacimiento (*)
- Subsidio por casamiento (*)
- Subsidio por bodas de plata
(*) De acuerdo a la reglamentación, la presentación para abonarse este beneficio deberá hacerse dentro de los tres (3) meses de producirse el nacimiento o casamiento.